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Cualquier dueño u operador de una tienda de lavado en seco que esté exento de la Regulación 2, Regla 1, Secciones 301 y 302 (obteniendo una Autorización para construir o un Permiso de operación) debe registrar cada máquina de lavado en seco (consulte la Regulación 8, Regla 17, Sección 404 y la Regulación 2, Regla 1, Sección 120).
El equipo de limpieza en seco que cumpla los siguientes criterios está exento de obtener un Permiso de operación:
Si no está seguro de que su equipo reúne los requisitos para el registro, envíe los formularios que aparecen en la sección “Cómo registrarse” y el BAAQMD realizará una evaluación.
Se requiere que mantenga su registro actual mientras opere su equipo sujeto a la regulación.
El equipo de limpieza en seco certificado se puede registrar de la siguiente manera:
Las tarifas de registro son:
Los registros tardíos incurrirán en una tarifa retroactiva igual a la tarifa de renovación actual a partir de la fecha de vigencia de los requisitos de registro y hasta un máximo de cinco años.
El BAAQMD emitió recientemente facturas de renovación para todas las instalaciones con equipo de limpieza en seco registradas para actualizar el registro. Dependiendo del vencimiento del registro para sus instalaciones, recibirá en el futuro avisos de renovación de forma anual.
Duncan Campbell
Técnico ejecutivo de permisos de calidad del aire
415.749.4722 dcampbell@baaqmd.gov
Judith Cutino
Ingeniera supervisora de calidad del aire
415.749.5115 jcutino@baaqmd.gov
Last Updated: 21/06/2021