Programa de Orden de Reducción Estipulada para Calderas

Los propietarios u operadores de calderas pequeñas que no cumplen con las normas y que tienen una capacidad de entre 2 y 10 millones de unidades térmicas británicas (British Thermal Unit, BTU) por hora pueden ser elegibles para el Programa de Orden de Reducción Estipulada para Calderas Pequeñas por un tiempo adicional para instalar o actualizar las calderas para cumplir con los límites de emisión aplicables de la Regulación 9, Regla 7.

Programa de Orden de Reducción Estipulada para Calderas

Los propietarios u operadores de una instalación con una o más calderas pequeñas que tengan una entrada nominal de entre 2 y 10 millones de BTU/hora pueden ser elegibles para el Programa de Orden de Reducción Estipulada para Calderas que concede tiempo al propietario u operador para instalar o actualizar las calderas para cumplir con la Regulación 9, Regla 7 de límites de emisión aplicables.

Usted puede ser elegible si:

  • el calor de entrada nominal máximo de cada una de sus calderas es superior a 2 millones de BTU/hr y menor a 10 millones de BTU/hr;
  • cada una de sus calderas se enciende usando sólo gas natural, propano o butano;
  • no tiene ningún equipo, aparte de un generador diésel de reserva, que necesitaría un permiso de Air District para operar; y
  • ha registrado cada una de sus calderas en Air District.

Air District emite permisos para la operación de la mayoría de los tipos de equipos estacionarios que emiten contaminación atmosférica, incluyendo a los propietarios de pequeñas instalaciones como edificios de departamentos y oficinas, escuelas y pequeños negocios como gasolineras. Algunos ejemplos de este tipo de equipo que son comunes en las instalaciones pequeñas son los generadores diésel de reserva, las calderas con una potencia térmica máxima de 10 millones de BTU/hr y más, y los tanques y bombas de gasolina. Si su instalación tiene algún equipo, que no sea un generador diésel de reserva, sujeto a los requisitos de permiso de Air District, usted no es elegible para el Programa de Orden de Reducción Estipulada.

Presentar una solicitud para el Programa

Programa de Orden de Reducción Estipulada para Calderas Pequeñas
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Los Inspectores de Air District pueden realizar una inspección en sus instalaciones para verificar que su caldera cumpla con los criterios de elegibilidad del programa.

Requisito de registro: Los propietarios u operadores de calderas con una entrada de calor nominal superior a 2 y menor a 10 millones de BTU/hr deben registrar las calderas en Air District y pagar la cuota de registro requerida. No es necesario registrar estas calderas si tiene un permiso de operación de Air District. Para registrar su caldera, utilice el formulario de registro de calderas pequeñas que puede encontrar en www.baaqmd.gov/registration o utilice el sistema de permisos en línea de Air District.

Para obtener más información, vea el aviso del Programa de Orden de Reducción Estipulada para Calderas Pequeñas.


Información sobre cumplimiento general

415 749-4795 compliance@baaqmd.gov


Asistencia para el Cumplimiento

415 749 4999 compliance@baaqmd.gov

Rule Development
Desarrollo de Reglas

415 749-4787 ruledevelopment@baaqmd.gov

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Last Updated: 14/07/2020